La presidenta de NNGG de Albacete lanza el presente comunicado para desmentir las declaraciones del Partido Socialista con el tema de la cobertura sanitaria para aquellos que salgan más de 90 días al extranjero.

 

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Todos los españoles y residentes legales tienen garantizado el acceso como asegurados mientras residen en España o si han salido, cuando regresan. Y en los desplazamientos para estancias temporales en países de la UE (por ejemplo de vacaciones, en Erasmus, estudios, intercambios, viajes.) los españoles tienen cobertura sanitaria desde España a través de la tarjeta sanitaria europea.

 

En cuanto a los españoles que trabajan en el extranjero, tienen que tener su sanidad cubierta por los sistemas de salud de los países en los que trabajan. Sin embargo, cuando vuelvan a residir en España, desde el primer día tienen garantizada la cobertura sanitaria en el Sistema Nacional de Salud de España. No se excluye a nadie. Y POR LO TANTO, ASEGURAMOS LA ASISTENCIA SANITARIA PARA LOS PARADOS QUE SALGAN DE ESPAÑA.

 

Es más, el estudiante que se va a estudiar a otro país, se lleva su  tarjeta sanitaria europea (TSE), valida por 2 años y renovable, y tiene cubierta su asistencia sanitaria (en Europa). Y Al estudiante que se va a trabajar, le  tienen que dar de alta en la SS de ese país, y por lo tanto pasa a tener cobertura por ese país.  

La enmienda publicada en el BOE se presento, por ejemplo para aquellas personas extranjeras que en su día trabajaron en España (y estuvo vinculado a la Seguridad Social), y ha vuelto a su país, y pretende que la cobertura sanitaria la siga prestando España, incluso 5 años después. Sin modificación de la ley, tenia derecho. NO HABÍA LIMITE TEMPORAL.           

El problema que puede estar dándose con los estudiantes es que ha habido empresas alemanas que han pretendido contratarles, sin darles de alta en la SS, y obligándoles a que mantengan su derecho de asistencia cubierta por España. ESO ES ILEGAL en toda la UE, y hay que denunciarlo.        

Otro ejemplo es el joven español que está seis meses trabajando en Alemania, es atendido en España con la Tarjeta Sanitaria Europea emitida por Alemania. Y si vuelve a residir en España recupera la Tarjeta Sanitaria española inmediatamente.   

Estar en la UE tiene ventajas: a la protección sanitaria del país de residencia se añade la garantía de asistencia en el país al que te desplazas, bien en aplicación de los reglamentos o bien en aplicación de la Directiva de derechos de los pacientes en asistencia sanitaria transfronteriza.  

En todo caso, estamos hablando de aplicación de reglamentos europeos en el ámbito de la seguridad social (2004 y 2009), que fueron negociados por el PSOE, y que regulan las exigencias que imponen los países para la asistencia sanitaria en los desplazamientos y autorización de residencia.             

La enmienda incorporada a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 establece que el acceso a la cobertura sanitaria a cargo del Sistema Nacional de Salud de España para parados de larga duración que han perdido el derecho a prestaciones queda garantizado mientras residen en España.  

La enmienda pretende evitar abusos de personas extranjeras. Por ejemplo, evita que cuando un extranjero comunitario que haya estado trabajando en España esté en el paro y haya agotado su prestación regrese a residir a su país o a cualquier otro de la UE y siga cubierto por la sanidad española sin límite de tiempo.           

En definitiva, el Gobierno ha hecho la sanidad más universal que nunca, incorporando además a colectivos que hasta ahora habían quedado excluidos, como algunos profesionales liberales.  

Desde el 1 de enero de 2012, los parados de larga duración que habían agotado su prestación tienen derecho a su tarjeta sanitaria en igualdad de condiciones que el resto de españoles, derecho que fue consolidado, como para el resto de los españoles, por el Real Decreto-ley 16/2012.